lunes, 26 de septiembre de 2011

BENEFICIARIOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL, AFILIACIÓN, ALTAS Y BAJAS

Los hay contributivos y no contributivos.

Contributivos son aquellos en los que los trabajadores en el momento del hecho causante están dados de alta en la Seguridad Social o en situación asimilada al alta y los no contributivos no se encuentran en ninguna de estas situaciones.


AFILIACIÓN

La afiliación es un acto administrativo mediante el cual la Tesorería General de la Seguridad Social reconoce la condición de inlcuido a la persona física dentro del Sistema.


Requisitos:

- Es obligatoria para las personas incluidas en el sistema a efectos de derechos y obligaciones en su modalidad contributiva.
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Es única y general para todos los Régimenes del Sistema.
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Se extiende a toda la vida de las personas comprendidas en el Sistema.
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Es exclusiva.
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El acto de afiliación se puede realizar a instancia del trabajador, del empresario o de oficio.

Enlace impreso: T.A./1. Solicitud de afiliación


ALTA Y BAJA (Régimen general)


El alta es un acto administrativo por el cual se constituye la relación jurídica de Seguridad Social y con la baja se extingue, estas comunicaciones debe realizarlas el empresario.

Plazos de presentación:

Altas: previa al inicio de la relación laboral, con un máximo de 60 días naturales.
Bajas: seis días naturales posteriores a la extinción de la relación laboral.


Enlace impreso: T.A.2/S. Alta, baja y variación de datos.














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